Verifactu y factura electrónica obligatoria: no son lo mismo (y te afectan las dos)
Jose Miguel Casas · · 6 min de lectura
Es la confusión número uno en facturación española ahora mismo, y la alimentan hasta los comerciales de software: Verifactu y la factura electrónica obligatoria no son lo mismo. Son dos obligaciones distintas, de dos leyes distintas, con fechas distintas. Y salvo excepciones, te van a afectar las dos.
La diferencia en una frase
Verifactu regula cómo se genera y se guarda tu factura (que no se pueda manipular sin rastro). La factura electrónica B2B regula cómo viaja la factura entre empresas (en formato estructurado que los programas leen solos, en vez de PDF por email).
Verifactu (RD 1007/2023)
- Qué exige: registros de facturación encadenados con huella, QR en cada factura y ticket, correcciones por rectificativa. La guía completa está en Qué es Verifactu.
- A qué facturas aplica: a todas — B2B, a particulares y tickets de TPV.
- Cuándo: 1 de enero de 2027 (sociedades) y 1 de julio de 2027 (autónomos), tras el RD-ley 15/2025. Fechas y exenciones en el calendario de Verifactu.
- Sanción: 50.000 € por ejercicio por usar software no conforme (art. 201 bis LGT).
Factura electrónica obligatoria (Ley Crea y Crece)
- Qué exige: que las facturas entre empresas y autónomos (B2B) se emitan y reciban en formato electrónico estructurado (tipo Facturae o UBL), a través de plataformas de intercambio o de la solución pública. Un PDF por email no es factura electrónica a estos efectos.
- A qué facturas aplica: solo B2B. Las ventas a particulares y los tickets quedan fuera.
- Cuándo: todavía sin fecha cerrada — la ley (18/2022) está aprobada pero el reglamento técnico sigue pendiente. Cuando se publique: un año de plazo para empresas que facturan más de 8 millones, dos años para el resto. Es decir, para una PYME irá después de Verifactu.
- Objetivo: no es el fraude, sino la morosidad: la factura electrónica deja rastro de cuándo se entrega y se paga cada factura.
Por qué se confunden
Porque las dos suenan a «facturación digital obligatoria» y llegan casi a la vez. Pero puedes cumplir una e incumplir la otra: un programa puede enviar Facturae perfectas y no generar registros Verifactu; y un programa conforme con Verifactu puede no saber emitir factura electrónica estructurada. Al evaluar software, pregunta por las dos por separado.
Qué hacer, en orden
- Primero Verifactu: tiene fecha cierta (2027), aplica a todas tus facturas y su sanción es inmediata. Es lo urgente.
- Después la factura electrónica: sin reglamento aún no hay nada que implementar, pero al elegir programa comprueba que el fabricante se compromete a soportarla cuando llegue — así no migras dos veces.
Brema es Verifactu nativo hoy, y la factura electrónica B2B está en el roadmap para cuando el reglamento se publique. Un solo programa, una sola migración.